Wednesday, April 27, 2011

Abuelos de Gran Canaria

En el libro 6º de Bautismos de la parroquia de Moya, en el folio 150, se lee:

-En el lugar de Moya, en veinte y dos de Mayo de mil ochocientos veinte y seis, yo el infto. Cura bauticé puse oleo y chrisma a Maria de Guadalupe, hija legítima de José Felipe y de María Benites. Abuelos paternos, Jose Felipe y Rosalía Almeda. Maternos: Isidoro Benites y Luisa Oxeda. Nació día quince de dicho mes. Fue su madrina Dª. María Marrº.(Marrero), vecina de Arucas a quien advertí el parentesco espiritual. Son vecinos del pago de la Sorrueda y para que conste lo firmo. Francisco Guerra-

Día 8 de Noviembre de 18 61


DILIGENCIAS MATRIMONIALES

DE D. Francisco García y Da. Guadalupe Castellanos
y Benítez

DESPACHO AL PÁRROCO DE Macuriges


Macuriges


PARROQUIA DE
MACURIGES VICA
RIA FORANEA DE
ASCENSO


Noviembre 5 de 1861


Diligencias promovidas por Dn. Francisco García para acreditar
su Cristiandad y soltería y la de su pretendida Da. Guadalupe
Castellanos y Benítez, ambos vecinos de esta feligresía y con
objeto de verificar el matrimonio.


Sr. el Cura Vicario de Macuriges

Dn. Francisco García vecino de esta feligresía con el debido
respeto comparezco y digo que he convenido promover el estado de
matrimonio con Da. Guadalupe Castellano y no pudiendo
verificarlos sin acreditar como es nuestra Cristiandad y soltería se
sirva usted admitir en la comparecencia los testigos que
presentamos con tal objeto y disponer que los examinen y declaren
lo que les consta de los particulares siguientes.

Primero: Diga como yo el pomovente me llamo D. Francisco García y
soy natural de la Villa de Marverde en la Isla de Hierro una de
Las Canarias y vecino de esta feligresía, hijo legítimo de Dn.
Francisco y Da. Antonia Mérida y si tengo treinta y seis años
de edad.

Segundo: Expresen el tiempo hace que me conocen y como es cierto que en
el año de mil ochocientos cuarenta y cuatro llegué a esta Isla en
unión de mis paisanos y conocidos, hallándome entonces en la edad
de de diez y nueve años, habiendo fijado mi residencia en esta
feligresía y dedicándome a las labores del campo.

Tercero: Como conoce que le consta que mi prometida es Da. Guadalupe
Castellanos, natural del pueblo de Moya en La Gran Canaria y


vecina de esta feligresía, hija legítima de Dn. Felipe y de Da.
María Benítez, también el tiempo que hace la conocen y como es
cierto que en el año de mil ochocientos cincuenta y dos llegó a esta
Isla en unión de sus padres y como de trece años de edad por lo que
se halla en la edad de treinta y dos años.

Cuarto: Como somos ambos solteros, Cristianos Católicos Apostólicos
Romanos sin parentescos ni otro algún impedimento que obre a la
hora de contraer matrimonio.

Quinto y último: Como no tengo impedimento por el que necesite de aval,
limitación u otro alguno y que mi pretendida es vecina de esta
feligresía de Macuriges, por tanto

Suplico se sirva mandar se reciba la información ofrecida y
resultando conforme remita la actuación al Vicario General a fin de
que en su vista se sirva determinando lo que proceda.

En presencia del promovente.

Firma


Macuriges y Noviembre cinco de 1861

Recibida la información ofrecida para la intención de ambos
novios.

Doy Fe como efecto comparecen ante el Vicario

Varias firmas

En el partido de Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años, ante el Sr. Vicario y de mi el Notario comparece el
pretendiente que prestó juramento que hizo de que por el cual ofreció decir verdad y
examinado a tenor de la instancia que antecede dijo llamarse Dn. Francisco
García y como aparece de la referida instancia es cierto y verdadero en todas sus
partes y explicados que fueron por el Sr. Vicario cuales son los impedimentos para
el matrimonio se ratifica en su dicho y responde que lo declarado es la verdad con
cargo de su juramento que es de treinta y seis años de edad y agricultor, se le leyó
todo lo escrito y afirmo estar conforme y no sabe firmar y lo hizo el Sr. Vicario, de
que doy fé.

Firmas

En el partido de Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años. Ante el Sr. Viario y de mi el Notario compareció
la pretendida que prestó juramento que hizo y ofreció decir verdad y examinada al
tenor de la instancia que antecede dijo llamarse Da. Guadalupe Castellanos y
como aparece de la referida instancia es cierto y verdadero en todas sus partes y
explicadas que le fueron por el Sr. Vicario cuales son los impedimentos para el


matrimonio se ratificar en su dicho: y responde que lo declarado es la verdad en
cargo de su juramento: que es de treinta y dos años y de estado soltera, se le leyó
todo lo escrito y expuso estar conforme y no sabe firmar y lo hizo el Sr. Vicario de
que doy fé. Ante mi.

Firmas

En el partido ce Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años ante el Sr. Vicario y de mi el Notario comparece
Dn. Juan Francisco García Castañeda natural de la Isla de Hierro y vecino
de esta feligresía y casado de cincuenta y ocho años y del comercio, testigo
presentado por Dn. Francisco García y Da. Guadalupe Castellanos y del que
se recibió juramento según por el cual ofreció decir verdad y examinado al tenor de
la instancia de foja primera dijo que conoce a los novios desde su infancia y sabe
que el primero llegó a esta Isla en el año cuarenta y cuatro y la segunda en el año
cuarenta y dos, ambos de estado solteros y en cuyo estado permanecen hallándose
en su mayoría de edad. Todo lo que sabe el declarante por la íntima amistad que
tiene con estos novios y con sus familiares tanto en esta Isla como en las de
Canarias y por cuyos motivos sabe y le consta que el contenido de los particulares
narrados en esta instancia son ciertos y verdaderos en todas sus partes y explicados
que le fueron se ratifica en su dicho: y responde que lo declarado es la verdad en
cargo de su juramento, se le leyó su declaración y dijo estar conforme y no sabe
firmar y lo hizo el Sr. Vicario lo que doy fé.

Firmas

En el partido ce Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años ante el Sr. Vicario y de mi el Notario comparece
Dn. Francisco Cejas natural de la Isla de Hierro y vecino de esta feligresía
viudo de sesenta años y del comercio testigo presentado por Dn. Francisco García
y Da. Guadalupe Castellanos y del que se recibió juramento según por el cual


ofreció decir verdad y examinado al tenor de la instancia de foja primera dijo que
conoce a los pretendientes desde su niñez y sabe que el primero llegó a esta Isla el
año de cuarenta y cuatro y la segunda en el cuarenta y dos ambos en el estado de
solteros y en cuyo estado permanecen hallándose en su mayoría de edad. Todo lo
que sabe el declarante por la íntima amistad que siempre ha tenido con estos novios
no solo en esta Isla si no también en las de Canarias donde él también conoció a
sus familiares y por cuyos motivos sabe y le consta que el contenido de los
particulares de esta instancia son ciertos y verdaderos en todas sus partes: y
explicados que le fueron por el Sr. Vicario cuales son los impedimentos para el
matrimonio se ratifica en su dicho: y responde que lo declarado es la verdad en cargo
de su juramento: se le leyó su declaración y expuso estar conforme y no sabe firmar
y lo hizo el Sr. Vicario lo que doy fé.

Firmas

En el partido ce Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años ante el Sr. Vicario y de mi el Notario comparece
Dn Pedro González natural de la Gran Canaria y vecino de esta feligresía
soltero de cuarenta y dos años de edad zapatero testigo presentado por Dn.
Francisco García y Da. Guadalupe Castellanos y del que se recibió juramento
según por el cual ofreció decir verdad y examinado al tenor de la instancia de foja
primera dijo que conoce al que lo presenta hace como veinte años y sabe que en el de
cuarenta y cuatro llegó a esta Isla en el estado de soltero y que también conoce a su
prometida desde su infancia y conoce que en el año de cuarenta y dos llegó a esta
Isla en el estado de soltera como igualmente ambos se encuentran en este estado:
todo lo que sabe el declarante por la íntima amistad que siempre ha llevado con estos
novios y con sus familiares no solo en esta Isla sino también en las de Canarias y
por cuyos motivos sabe y le consta que el contenido de los particulares narrados en
dicha instancia son ciertos y verdaderos en todas sus partes y explicados que le
fueron por el Sr. Vicario son las implicaciones para el matrimonio se ratifica en su


dicho y responde que lo declarado es verdad en cargo de su juramento, leyó y por
conforme firmó como ante el Sr. Vicario de que doy fé.

Firmas

Macuriges y Noviembre cinco de 1861
Manifiestan los testigos que han declarado en el previo informativo sino lo hicieron
al Notario por Certificación. Ante mi.

Firmas

En dicho día mes y año notifiqué al novio el decreto que le antecede. Doy fé.
Firma

En la propia fecha hice igual notificación a la novia. Doy fé.
Firma

En el partido ce Macuriges a los cinco días del mes de Noviembre de mil
ochocientos sesenta y un años ante el Sr. Vicario y de mi el Notario se presentó
como testigo Dn. Sebastián Suarez natural de la Isla Canaria y vecino de esta
feligresía soltero de treinta años zapatero a quien certifica conocer y el que prestó
juramento que hizo según derecho y ofreció decir verdad por el conocimiento y
certeza de Dn Juan Francisco García Castañeda de Dn Francisco Cejas y
Dn Pedro González dijo que los conoce y sabe que son personas decentes buenos
cristianos e incapaces de faltar al juramento que tenían prestado y por cuya razón
manifiesta que lo declarado es la verdad en cargo de su juramento. Leyó y por
conforme firmó con el Sr. Vicario de que doy fé.

Firmas


Macuriges y Noviembre cinco de 1861

Poe evacuado el informativo que antecede remítanse estas diligencias con atento
oficio al Sr. Presbítero y Vicario General de este Obispado a fin de que en su vista
se sirva determinar lo que consideren mas oportuno a cerca de esta solicitud.

Firmas

En este día mes y año notifiqué al novio el decreto que antecede. Doy fé.
Firma

En la propia fecha hice igual notificación a la novia. Doy fé.
Firma

Nota: Que en la propia fecha firmé el oficio presente en el decreto que antecede.
Doy fé.
Firma

Nota: Que abonó la parte al Sr. Vicario . . . . 32 $

Al Notario por los suyos Firma . . . . 64 $


Habana y noviembre ocho de 1861

Vistos: Apruébese la información
antecedente que ha ministrado Dn
Francisco García para acreditar su
soltería, cristiandad y demás requisitos
necesarios con el fin de contraer
matrimonio con Da Guadalupe
Castellanos y Benítez, respecto de la
cual ha hecho igual justificación. En
su virtud despáchesele la licencia de
estilo.

Firma



Francisco García Mérida nacido en 1825, se comprueba por certificación de la
Sección de Defunciones del Registro Civil de la localidad
de fecha 22 de octubre 2009 que el deceso tuvo lugar el día 24 de enero de 1890 a
la 6:30 am en su domicilio ubicado en un poblado que se nombra Quemado
Grande y que aun existe a unos 10 kilómetros del centro urbano de Jagüey Grande, Matanzas, Cuba, a los 64 años de edad, de ocupación labrador y de estado civil viudo. Tal suceso se asienta en el Tomo 3 Folio 512.
Es de notar que en ese entonces los fallecimientos casi siempre ocurrían en la casa y la inscripción registral se realizaba por declaración de algún testigo
que podía ser o no familia. Este es el motivo por el que no quedan
asentados en el acto el nombre de los padres, podían ser conocidos o
no y no constituía un elemento necesario para que tuviera lugar el
acto registral, del que por supuesto dependía la sepultura del finado.

Guadalupe Castellanos Benítez nacida en 1829:
se comprobó en
una búsqueda inicial y pormenorizada que su defunción no esta
registrada en el Registro Civil y a continuación explicamos tal
aseveración: como veran más adelante, el matrimonio de Domingo con
Dolores (que fue el primero que encontramos)
tuvo lugar el 28 de septiembre de 1892 y en el asiento registral al
consignar las generales de los contrayentes se hace mención a que los
padres de Domingo ya eran fallecidos, extremo que nos indicó que la
búsqueda seria siempre antes de esa fecha y teniendo en cuenta que
éste se casa a la edad de 24 años, comenzaron a buscar entre los más
próximos, teniendo como base que a tan corta edad era huérfano de
ambos padres. La Ley del Registro del Estado Civil
de España y su Reglamento se hacen extensivas a Cuba por Real Decreto
en 1885, antes de esa fecha todo acto o suceso natural con
trascendencia jurídica se acreditaba a través de la Iglesia.

Por lo anterior y al realizar una búsqueda entre los años 1885 y 1892,
fecha matrimonial de Domingo, encontramos en
el Tomo 3 de Defunciones la de Francisco donde ya se consignaba que
había fallecido viudo, extremo que demuestra documentalmente que
Guadalupe falleció antes de 1890. El Tomo 3 que es bastante voluminoso
abarca los años de 1886 al 1890 se revisó completo, quedando entonces
solo la búsqueda en 1895, en este año existieron dos Tomos que incluso
se nombran Libros por ser más pequeños, el No. 1 de enero a septiembre
y el No.2 de septiembre a diciembre, en los que tampoco se asentó el
deceso de Guadalupe. Lo anterior prácticamente nos asegura que la
madre de Domingo falleció antes de 1885, es decir, con solo 50 años o
menos de edad, no obstante lo anterior y por empeño se buscó en el
Tomo 4 que abarca los años de 1890 a 1893, en el que por supuesto no
se encontró nada, porque tanto el matrimonio de Domingo como la
Defunción de Francisco acreditan que Guadalupe falleció a temprana
edad y tal suceso debe estar registrado en la Iglesia de Nuestra
Señora de Altagracia o en la de Pedro Betancourt (Macurijes).
Estos libros en algunos casos conservan el índice, pero
otros por su antigüedad están tan deteriorados que fue necesario
revisar minuciosa y cuidadosamente folio a folio, lo cual permite
asegurar que en el Registro Civil no se encuentra la defunción de
Guadalupe. Será necesario indicar entonces una delicada búsqueda
dentro de los pocos vetustos libros, conservados no siempre en buen
estado en las Iglesias de aquellos parajes matanceros que por entonces
pertenecían a La Habana y complejizan el trabajo.





Somos numerosos los descendientes de Guadalupe Castellano Benítez en Cuba y en los EE. UU. de familias honradas y algunas distinguidas de la Península, Cuba, Canarias y los Estados Unidos.

Mi nombre es Roberto Iza. Vivo en Fort Lee, N.J.
Mi correo electrónico para esta investigación es
Moya.GranCanaria@gmail.com